Al referirnos a la escritura de un préstamo hipotecario, es simplemente un documento legal expedido por un Notario y en donde se especifican las cláusulas o condiciones pactadas entre el acreedor y el deudor del crédito hipotecario.
En este caso, para que la escritura de un préstamo hipotecario sea reconocida legalmente frente a un tercero, esta debe estar inscrita en el Registro de la Propiedad. Conoce todos los detalles a continuación:
¿Qué es un préstamo hipotecario?
El préstamo hipotecario es un popular instrumento financiero ofrecido por diversas instituciones bancarias, en el cual se presta un dinero específico al solicitante.
En este caso, la institución exigirá al solicitante una garantía real de un inmueble y en caso de impago del préstamo, la entidad bancaria podrá quedarse con dicho inmueble como forma de pago del préstamo (total o parcial), esto después de un procedimiento judicial.
En resumen, con el préstamo hipotecario se otorga un dinero a cambio del compromiso de devolver la cantidad solicitada, mediante pagos periódicos estipulados y poniendo como garantía un inmueble.
Cuando un préstamo es solicitado con garantía hipotecaria, se debe firmar una escritura ante el Notario, la cual debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad.
¿Qué es la escritura de un préstamo hipotecario?
La escritura de un préstamo hipotecario es un documento legal que se firma ante un Notario, para de esta forma poder obtener un crédito en alguna institución bancaria en España.
En este documento oficial, se indican todas las condiciones y cláusulas acordadas entre el deudor y el acreedor del préstamo hipotecario.
Como ya hemos indicado, para que este documento sea reconocido legalmente, debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.
La escritura de un préstamo hipotecario es firmada por el solicitante y la institución financiera que la otorga, siempre y cuando el préstamo exija como garantía un inmueble (casa, piso, local, entre otros).
¿Qué datos debe contener la escritura de un préstamo hipotecario? Aquí te los indicamos:
- Datos del solicitante del préstamo hipotecario (nombre y apellidos, y número del Documento Nacional de Identidad).
- Las condiciones y las responsabilidades del solicitante.
- Descripción del inmueble.
- Importe del préstamo.
- Tasa de interés aplicable y las condiciones para la devolución.
- Firma del solicitante y del representante de la entidad bancaria.
- Comprobante de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Cómo obtener una copia de la escritura del préstamo hipotecario
Al realizar la solicitud de un préstamo hipotecario en una institución financiera en España, el original de la escritura quedará en la Notaría donde se realizó el trámite, y al solicitante del préstamo y a la institución financiera se les entregará una copia de la escritura.
Pero, en el caso de requerir otra copia de la escritura del préstamo hipotecario, se debe hacer la solicitud ante la Notaría donde se realizó el trámite originalmente, lo cual tendrá un coste adicional.
También hay otra forma más sencilla y rápida de obtener una copia simple: en la institución bancaria donde se solicitó el préstamo hipotecario.
Y, la otra alternativa para solicitar una copia de dicha escritura, es hacerlo por el portal web del Consejo General del Notariado y por la web del Colegio Notarial.
En ambos organismos, tendrás la información requerida para encontrar la Notaría exacta en donde se encuentra el documento.
Procedimiento para la firma de la escritura
Al presentar ante el Notario la escritura de préstamo hipotecario, debes verificar la información ante el Catastro y el Registro de la Propiedad. Así podrás comprobar que no existe alguna limitación para el procedimiento.
Es que, al firmar definitivamente la escritura, ya no podrás hacer nada al respecto posteriormente. Luego, después de verificada la información y respondida cualquier duda, el Notario procederá a la firma de la escritura.
Requisitos para solicitar el préstamo hipotecario
Entre los requisitos más comunes para solicitar un préstamo hipotecario, tenemos los siguientes:
- El solicitante debe tener una edad comprendida entre los 18 y 75 años.
- Constancia que justifique el nivel de ingresos, bonos y pagas extra.
- Comprobación de no encontrarse en una lista de morosos oficial.
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Pagos del IVA (en caso de ser autónomo).
- Últimos pagos de nómina (en caso de empleado contratado o fijo)
- Hoja de vida laboral.
- Última declaración de patrimonio y de la renta.
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